viernes, 8 de junio de 2007

EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA


El impuesto sobre la renta es competencia del poder nacional t su principio constitucional o de reserva legal se encuentra consagrado en la constituicion de la republica en su arículo 156, numero 12:"Es de la copetencia del poder nacional: 12º. la creacion,la organizacion,recaudación y control del impuesto sobre la renta.

Garcia Belsunce,expresa que el concepto teorico de rédito o renta inponible constituye una cuestion esencial con miras principalmente a dos objetivos: uno, orientar a legislador en la figacion del objeto y alcance del impuesto que gravan las rentas, y otro, orientar al interprete de la ley cuando ella omite la definicion del concepto de redito y se limita a consignar , a titulo, los distintos beneficio que estan alcanzados por el impuesto.

La dotrina Economica sobre la renta, expuesta por Adan Smíth, tiene la siguientes conclusiones:




  • La renta es siempre una riqueza nueva


  • La riqueza nueva puede ser material o inmaterial


  • Debe derivar de una fuente productiva


  • La periocidad de la renta esta implícita en la mayor parte de las cosas, pero no es indispensable


  • La renta es siempre neta, luego de restar a la renta bruta una series de deducciones


  • La renta debe ser monetaria, en especie o real.


Analizando la dotrina económica, García Belsunce, concluye que la renta es una riqueza nueva material o inmaterial, que deriva de una fuente productiva, que puede ser consumible y periodica.



Las dotrinas Fiscals la trataremos basadas de la manera siguiente:





  1. Teoria del redito-producto; es la riqueza nuva material.susceptible de serlo, que fluye de una fuente productiva


  2. Teoria del rédito-Incremento patrimonial; es todo ingreso neto en bienes materiales,inmateriales o servicios valuables en dinero,periodico, transitorio


  3. El concepto legalista de la renta, han aceptado la autonomia del dereho tributario, para consagrar en las normas el concepto del rédito.


La ley del impuesto sobre la renta de venezuela dispone en su articulo 1º: LOS ENRIQUESIMIENTOS ANUALES,NETOS Y DISPONIBLE OBTENIDOS EN DINERO O EN ESPECIE, CAUSARAN IMPUESTO SEGUN LAS NORMAS ESTABLECIDAS EN ESA LEY.



Territorialidad del impuesto: Se refiere al ambito geografico o espacial, donde tiene validez la aplicacion de un gravamen;sonb rentas causadas en la República de Venezuela:



Las regalias, los derechos por uso de marcas.



Los enriquecimientos derivados de la produccion, provenientes de las empresas de seguro no domiciliadas y sin establecimientoas en el pais, los derivados de bienes inmuebles situados en la republica.



REGIMEN DE TRANSPARENCIA FISCAL INTERNACIONAL.



La finalidad es la de reducir y evitar la ejecucion con sujetos de paises de baja imposicion fiscal, a los enriquesimientos o a la renta, se encuentra sometidos al regimen de transparencia fiscal, los contribuyentes que posean:



Inversiones efectuadas de manera directa, o a travez de interpuesta persona en sucursales, personas juridicas acciones,cuentas bancarias y e inversion,cualquier tipo de participacion, fondos de inversion.



VENTAJAS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA



Es un impuesto productivo



El aumento de su alicuota puede aumentar sus ingresos, sin necesidad de echar mano a nuevo gravamenes



Se adapta a objetivos de justicia social mediantes deducciones personales, y de la fuente de ingresos.



Veamos que son sujetos pasivos; son los responsables obligados al cumplimiento de la obligacion tributaria por deuda ajena,son responsables solidarios por los tributos, multas y accesorios derivados de los bienes que administren, reciban o dispongan los directivos, o gerentes y demas entes colectivos con responsabilidad reconocida.



SUJETOS PASIVOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA:



Las personas naturales



las compañias anonima, y las S.R.L. Las sociedades en nombre colectivo, en comandita simple.



los titulares de enriquesimiento provenientes de actividades de hidrocarburos y conexas



DEGRAVAMENES:



Los degravamenes son las cantodades pagadas en el pais o en el exterior, durante el ejercicio gravable, no reembolsados al contribuyente que se permite deducir al enriquesimiento global neto fiscal para llegar al enriquesimiento gravable

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